Inicio Preguntas frecuentes Parlamento de Andalucía

Parlamento de Andalucía

¿Cómo se eligen?

Todos los diputados y diputadas se eligen por sufragio universal, libre, igual, directo y secreto, de acuerdo con criterios de representación proporcional, por un período de cuatro años, sin perjuicio de los supuestos de disolución anticipada.

¿Qué elecciones se celebran y cómo se convocan?

Se celebran elecciones al Parlamento de Andalucía para elegir los 109 Diputados que formarán parte de él en la que será la X Legislatura desde las primeras elecciones autonómicas que compusieron nuestro primer Parlamento en 1982.

Las elecciones al Parlamento de Andalucía se convocan mediante Decreto de la Presidenta de la Junta de Andalucía. La ciudadanía andaluza esta convocada para votar el próximo día 19 de junio de 2022 por el Decreto del Presidente 4/2022, de 25 de abril, de disolución del Parlamento de Andalucía y de convocatoria de elecciones. Será la XII legislatura, y el parlamento elegido celebrará su sesión constitutiva el día 14 de julio de 2022 a las 12 horas.

Más información:

¿Qué es el Parlamento de Andalucía?

El Parlamento de Andalucía es la institución de autogobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía que representa al pueblo andaluz a través de los diputados y diputadas (109 en total, 8 por cada provincia como mínimo y los otros 45 se reparten en proporción a su población) elegidos mediante sufragio universal, libre, igual, directo y secreto por la ciudadanía.

Al Parlamento de Andalucía le corresponde la potestad legislativa de la Comunidad Autónoma, promover y controlar la acción del Consejo de Gobierno, y la aprobación de los Presupuestos de la Comunidad Autónoma, entre otras funciones. Así mismo elegirá de entre quienes lo componen al Presidente de la Junta de Andalucía.

Más información:

¿Cuántos diputados y diputadas componen el Parlamento de Andalucía?

De conformidad con el Estatuto de Autonomía, la circunscripción electoral es la provincia.

El Parlamento de Andalucía está formado por 109 diputados, correspondiendo a cada provincia un mínimo inicial de ocho diputados.

Los cuarenta y cinco diputados restantes se distribuyen entre las provincias en proporción a su población, conforme al siguiente procedimiento:

  • Se obtiene una cuota de reparto resultante de dividir por cuarenta y cinco la cifra total de la población de derecho de las ocho provincias.
  • Se adjudican a cada provincia tantos diputados como resulten, en números enteros, de dividir la población de derecho provincial por la cuota de reparto.
  • Los diputados restantes se distribuyen asignando uno a cada una de las provincias cuyo cociente, obtenido conforme al apartado anterior, tenga una, fracción decimal mayor.

Cada Decreto de convocatoria especifica el número de diputados para elegir en cada circunscripción, siendo para las elecciones de 2018, la asignación la siguiente:

  • ALMERÍA 12
  • CÁDIZ 15
  • CÓRDOBA 12
  • GRANADA 13
  • HUELVA 11
  • JAÉN 11
  • MÁLAGA 17
  • SEVILLA 18

La atribución de los escaños en función de los resultados del escrutinio se realiza conforme a las siguientes reglas:

  • Se excluye a las candidaturas que no hayan obtenido, al menos, el 3% de los votos válidos emitidos en cada circunscripción (votos válidos son los votos a candidatura más los votos en blanco).
  • Se ordenan de mayor a menor, en una columna, las cifras de votos obtenidos por las restantes candidaturas.
  • Se divide el número de votos obtenidos por cada candidatura por 1, 2, 3, etc., hasta un número igual al de escaños correspondientes a la circunscripción.

Los escaños se atribuyen a las candidaturas que obtengan los cocientes mayores, atendiendo a un orden decreciente.

Más información: